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¿Qué hago si me notificaron de una demanda por deudas impagas?

deudasLo primero a tener presente es que es indispensable que se asesore con expertos inmediatamente, e incluso, idealmente, antes de ser demandado, pues lamentablemente el plazo para actuar en su defensa (legalmente se denomina “oponer excepciones”) es muy breve, pudiendo ser de 4 u 8 días hábiles (es decir, se incluyen los sábados), en este último caso cuando usted vive en una comuna distinta a donde lo requieren de pago. Pasado este plazo, si bien se puede defender de igual modo, bajan considerablemente las posibilidades de éxito en el resguardo de sus bienes.

Con todo, el peor error que puede cometer es dejarse estar y hacer nada en su defensa, pues deja escapar las propias herramientas que la ley entrega a los deudores para defenderse judicialmente, incluso, a veces, dejando pasar la chance de enervar la  acción ejecutiva deducida en su contra, tal es el caso, por ejemplo, si la deuda que le están cobrando se encuentra prescrita. Si usted permanece inactivo no hay chances de evitar remate de sus bienes para pagar lo que le están cobrando. Si usted se deja representar por expertos existen alternativas de defensa de sus bienes y de cobros indebidos.

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